SENTENCIA N° 48 DEL 17/03/2021. TSJ-SPA. LA PUBLICACIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES, DISPOSICIONES O NOVEDADES VINCULADOS AL SERVICIO MILITAR, ES TIPIFICADO COMO FALTA GRAVE
En sentencia N° 48 del 17/03/2021, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, señalo que cuando un militar da a conocer o publique por cualquier medio documentos oficiales o actos, disposiciones, o novedades vinculados al servicio militar a cualquier persona ajena sin autorización será sancionado como una falta grave al configurándose los supuestos de hecho contenido en los numerales 49 y 50 del artículo 117 del Reglamento de Castigos Disciplinarios Nro. 6.
A tal efecto,
para su publicación se requiere contar con la indispensable autorización
otorgada por su emisor, para conocer y remitir la información contenida en el
documento oficial, mismo que fue presentado por la máxima autoridad del
Componente.
Del Vicio de Falso Supuesto:
Sala ha señalado de manera pacífica y reiterada, que el vicio de falso supuesto se produce cuando la Administración al dictar un determinado acto fundamenta su decisión en hechos inexistentes, falsos o que ocurrieron de manera distinta a la apreciación efectuada por el órgano administrativo de que se trate, verificándose de esta forma el denominado falso supuesto de hecho; igualmente, cuando los hechos que sirven de fundamento a la decisión administrativa existen, se corresponden con lo acontecido y son verdaderos, pero la Administración los subsume de manera errónea en el derecho positivo, se materializa el denominado falso supuesto de derecho. Por tal virtud, dicho vicio -en sus dos (2) manifestaciones- afecta la causa de la decisión administrativa, lo que en principio acarrea su nulidad
Ver Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/marzo/311489-00048-17321-2021-2017-0700.HTML