SENTENCIA N° 29 DEL 15/02/2000. TSJ-SC. FINALIDAD DEL AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA SENTENCIA. IMPROCEDENCIA PARA REVISAR SENTENCIA DEFINITIVA
En Sentencia N° 29 de 15/02/2000, la Sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en relación al Recurso de Amparo Constitucional, preciso que:
Finalidad del Amparo Constitucional contra Sentencia
“… Teniendo presente que las normas de procedimiento son una expresión de los valores constitucionales, la acción de amparo contra resoluciones, sentencias, actos u omisiones de los Tribunales de la República, está dirigida a proteger el derecho a un debido proceso que garantice una tutela judicial efectiva.”
No procede Amparo Constitucional para revisar sentencias definitivas
“… la tutela del derecho del acceso a la justicia y al debido proceso no comprende la posibilidad de discutir los errores cometidos en los juzgamientos. La revisión de los errores cometidos por los jueces en su actividad decisoria, debe ser revisada, como se explicó precedentemente, con los medios o recursos dispuestos en el ordenamiento. No es la acción de amparo, en consecuencia, la vía idónea para proponer su examen.”.
Ver Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/29-150200-0052.HTM